Descifrado reportó que la Sundde informó este martes 1 de septiembre que el certificado del Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE) ya no tendrá fecha de caducidad. La medida busca simplificar trámites administrativos para el sector comercial.
Claves
- El RUPDAE tendrá vigencia indefinida, sin fecha de caducidad.
- La medida se basa en la Ley de Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos.
- El certificado solo se actualizará si cambia el RIF de la empresa.
- El Seniat ya había eliminado la caducidad del RIF.
La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde) comunicó que el certificado del RUPDAE, exigido por la Ley Orgánica de Precios Justos, ahora tendrá vigencia indefinida. Según el medio, la decisión se basa en el artículo 10 de la Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos, publicada en la Gaceta Oficial N° 7.018 Extraordinario del 8 de abril de 2026.
Cambio en la vigencia
El certificado solo deberá actualizarse si la empresa, comercio o industria realiza modificaciones en su Registro de Información Fiscal (RIF). La Sundde indicó que con esta medida busca «la simplificación administrativa efectiva, jurídica y operativa de todo el sector comercial» del país, según citó Descifrado.
Antecedente del Seniat
Esta decisión se suma a la del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), que recientemente eliminó la fecha de caducidad del RIF, otorgándole carácter permanente a ese documento tributario, informó el medio.
El reporte completo de Descifrado está disponible en su sitio web.
El certificado del RUPDAE no tendrá fecha de vencimiento y solo se deberá actualizar en caso de modificaciones en el RIF.
Fuentes de esta nota
Nota elaborada por El Turpial Digital a partir de lo publicado por
Descifrado, único medio que reportó el hecho.
No reproducimos sus textos: los resumimos y enlazamos a cada original.